Valdemoro (BOCM-20230405-89)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 81

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
89

VALDEMORO

Decreto de Alcaldía de 24 de marzo de 2023, por la que se amplía el plazo máximo
previsto para la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos relativo a
la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Valdemoro, que articula los procesos de
Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas
Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Visto el informe emitido por la Concejalía de Personal, de 24 de marzo de 2023 y con
CPV 3LE9C-N30XS-D4X68 sobre la ampliación de plazo.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno, de 18 de mayo de 2022, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 26 de mayo, se aprobó la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Valdemoro que articula los procesos de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de noviembre de 2022, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID números 275 y 277, de 18 y 21 de noviembre, adoptó el Acuerdo de aprobación de las bases generales que rigen el referido proceso selectivo.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local celebrada el día 5 de diciembre de 2022,
publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de diciembre, se
aprobaron las bases específicas y convocatoria de los procesos de selección para la cobertura en propiedad, por el procedimiento extraordinario de estabilización de empleo temporal mediante el sistema de concurso de méritos.
En las bases generales se fijaba en la base quinta el plazo para dictar resolución aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos, señalando que dicho plazo podría ser
prorrogado.
El elevado número de instancias presentadas solicitando la participación en dichos
procesos selectivos, el examen pormenorizado de cada una de ellas con abundante documentación ha dificultado la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos a los
aspirantes, imposibilitando el cumplimiento del plazo fijado en las bases, siendo necesario
disponer la prórroga.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 32 establece la posibilidad de ampliar los plazos establecidos en los siguientes términos:
“1. La Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos
de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados”.
Continua el punto 3 señalando que siguiente:
“…
Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse, en todo caso, antes .del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos
o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra
la resolución que ponga fin al procedimiento”.
En consecuencia, y, entendiendo que con la ampliación del plazo no se perjudica derechos de terceros, en aplicación del artículo 32 de la Ley 39/2015, antes mencionada y, en
uso de las atribuciones legalmente reconocidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se resuelve:
Primero.—Ampliar en quince días el plazo previsto en las bases generales para dictar
resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos/as y ex-

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OFERTAS DE EMPLEO