Móstoles número 2 (BOCM-20230405-97)
Ejecución 321/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 81

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.

BOCM-20230405-97

Hago saber: Que en el procedimiento 321/2022 (ejecución) de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. SANDRA DOMÍNGUEZ GARCÍA, D./Dña. ANDREA LÓPEZ REDONDO y D./Dña. ALBERTO LUNA DÍAZ frente a ASOCIACIÓN
BUSSINES SOLUTIONS sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del
tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.853,41 euros de principal (ALBERTO LUNA DÍAZ 3.015,35 euros, ANDREA LÓPEZ REDONDO 436,14
euros, SANDRA DOMÍNGUEZ GARCÍA 3.401,92 euros ), más 685,34 euros de intereses
de mora y 754 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado ASOCIACIÓN BUSSINES SOLUTIONS, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente
de pago.
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. Los testimonios
se remitirán por correo certificado.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en
el plazo de tres días a presentar en este juzgado desde su notificación, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución
de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad
Banco Santander y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el
mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales
y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ASOCIACIÓN BUSSINES SOLUTIONS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 13 de marzo de 2023.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.417/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791