D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230405-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la empresa GlovoApp Spain Platform, S. L. U., para la puesta a disposición de una plataforma para envíos y entregas de productos a través de la página web Glovo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 81

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023

Pág. 103

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente Convenio es el establecimiento de las condiciones y requisitos
a las que se ajustará la colaboración entre la Consejería de Familia, Juventud y Política
Social Comunidad de Madrid, y la empresa Glovo, para mitigar las consecuencias que los
problemas de movilidad o salud puedan causar a los usuarios de los comedores sociales de
la Comunidad de Madrid impidiendo o dificultando su acceso al mismo.
Segunda
Usuarios de los Comedores Sociales con opción al reparto a domicilio y procedimiento
de acceso

Tercera
Generación de Códigos Promocionales
Glovo pondrá a disposición de la Comunidad de Madrid 80 códigos promocionales
diarios, para asegurar la gratuidad en la prestación del servicio de intermediación de envíos
y entregas a través de la página Web.
Esta cantidad se podrá ampliar previo acuerdo por escrito entre las partes que será incorporado como Adenda al presente Convenio.

BOCM-20230405-28

Tendrán preferencia de acceso al servicio de entrega en domicilio aquellos usuarios de
los comedores sociales que acrediten problemas de movilidad y para aquellos otros usuarios en los que el desplazamiento al comedor no sea posible por motivos de salud, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente cláusula.
Para ello, los directores de los comedores sociales informarán previamente a todos los
usuarios de los centros de la posibilidad de recibir los alimentos en sus domicilios y los requisitos para solicitarlo.
Los usuarios de los comedores sociales de la Comunidad de Madrid podrán acceder a
este servicio de entrega previa solicitud dirigida a la dirección general con competencias en
materia de asignación de plazas en comedores sociales.
La citada dirección general valorará la solicitud y documentación aportada conforme
al siguiente baremo:
— Aquellos usuarios que, por motivos de salud o intervención quirúrgica, con informe médico o documento justificativo análogo, no puedan desplazarse temporalmente al Comedor, tendrán 4 puntos.
— Aquellos usuarios que acrediten una discapacidad igual o superior al 65 por 100
tendrán 3 puntos.
— Aquellos usuarios que acrediten una discapacidad entre el 35 y el 64 por 100 tendrán 2 puntos.
— Aquellos usuarios con movilidad reducida, que lo puedan justificar mediante informe médico o documento justificativo análogo, tendrán 1 punto.
En caso de empate a puntos tendrán prioridad los que hayan presentado primero esta
solicitud.
Una vez realizada la baremación, la dirección general con competencias en materia de
asignación de plazas en comedores sociales notificará al interesado su resolución favorable
o desfavorable.
Del mismo modo, comunicará a cada director de comedor los usuarios que tengan derecho a la entrega a domicilio de sus respectivos centros.
Los comedores sociales de la Comunidad de Madrid contarán con una cuenta de usuario en la Web, a través de la que podrán encargar y programar los envíos y entregas que correspondan.
Para asegurar el carácter gratuito de dichos envíos y entregas, Glovo emitirá y asignará a las cuentas de usuario de dichos comedores sociales los códigos promocionales necesarios, todo ello de conformidad con lo previsto en el presente Convenio.
Glovo no será responsable de la correcta asignación de dichos códigos promocionales
a los beneficiarios de los comedores sociales, sino que será responsabilidad de la Consejería competente en materia de servicios sociales.