Las Rozas de Madrid (BOCM-20230404-87)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87

LAS ROZAS DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de enero de 2023, el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la
ordenanza fiscal número 4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en su artículo 9, conforme al proyecto aprobado obrante en el
expediente (Ac. 02/2023-PL), que han de regir para el ejercicio 2023, y publicada su exposición pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 32, de 7 de
febrero de 2023, y en el periódico “La Razón” de 2 de febrero de 2023 (página 5 Madrid),
no habiéndose presentado reclamaciones dentro del plazo legal de treinta días establecido
al efecto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, “En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo
plenario”.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del mismo texto legal, se procede a la
publicación del texto de la modificación aprobada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, resultando de aplicación a partir del momento de su publicación, y se
mantendrán en vigor mientras no se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se interponga cualquier otro recurso si se
estima oportuno.
Así, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del TRLRHL antes mencionado, se procede a transcribir el texto íntegro de la modificación aprobada definitivamente
para su publicación y entrada en vigor:
ORDENANZA FISCAL N.o 4 REGULADORA
DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR
DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

BOCM-20230404-87

Artículo 9. Se modifica el apartado tercero.
”3. Los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo,
calculado conforme a lo establecido en los artículos 11, 12, 13 y 14 de la presente ordenanza fiscal, serán los coeficientes máximos vigentes establecidos en el apartado cuarto del artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”.
En Las Rozas de Madrid, a 23 de marzo de 2023.—El concejal delegado de Hacienda
y Transparencia, P. D. (decreto 615, de 14 de febrero de 2022), Enrique González Gutiérrez.
(03/5.061/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791