Boadilla del Monte (BOCM-20230404-75)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de convocatoria 2023 para Ayudas del Ayuntamiento de Boadilla del Monte
a Víctimas de Violencia de Género.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Bases reguladoras.—Se regirá por lo dispuesto en la presente convocatoria
y en lo no contemplado en la misma, se estará a lo dispuesto en la ordenanza general municipal de subvenciones, aprobada por el Pleno, en sesión del día 18 de diciembre de 2020
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 63, de 16 de marzo de 2021);
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma; en las bases de ejecución del presupuesto municipal para el ejercicio 2023, y, supletoriamente, en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
Segundo. Objeto.—Las ayudas a víctimas de violencia de género se establecen en el
marco del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de
Boadilla del Monte para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la
promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, suscrito con fecha de
diciembre de 2022. En particular estas ayudas se enmarcan en virtud de anexo I, relativo al
programa contra la violencia de género de referido convenio y concretamente en el apartado
II, referente a otras prestaciones y ayuda de carácter complementario, quedando establecido
una financiación para dicho apartado de 85 por 100 por la Comunidad de Madrid.
Por ello, el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, dentro de su ámbito competencial,
convoca la concesión de ayudas económicas de carácter puntual destinadas a potenciar la
autonomía de las mujeres víctimas de violencia de género así como facilitar que la víctima
disponga d unos recursos que le permitan independizarse del agresor y disponer de medios
y tiempo para afrontar las dificultades que impiden su recuperación integral, así como cubrir un situación de necesidad derivada de dicha violencia.
Tercero. Beneficiarios.—Podrán solicitar las ayudas económicas reguladas en la presente convocatoria las mujeres que acrediten su condición de víctima de violencia de género, así como las personas dependientes de las mismas.
En el marco de la presente convocatoria de subvenciones, se consideran personas dependientes de las mujeres víctimas de violencia de género las siguientes:
a) Descendientes de las mujeres víctimas de violencia de género, siempre que vivan
y dependan económicamente de ella con independencia de su edad.
b) Ascendientes directos de la víctima, siempre que convivan con ella a sus expensas. En este supuesto tendrán que presentar certificado de dependencia.
La separación transitoria, mencionada por razón de estudios, trabajo, tratamiento
médico, rehabilitación u otras causas similares no rompen el requisito de la convivencia entre la víctima y personas dependientes.
Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento asignará un total de 25.000,00 euros, con cargo
al capítulo presupuestario 08 2312 48006 del presupuesto municipal 2023. Dicha cantidad
se estima, suficiente para atender a todas las solicitudes de subvención.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes.—La presentación de solicitudes y documentación complementaria deberá realizarse a partir del día siguiente a la publicación del

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BDNS (ID): 684299