A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230404-4)
Plan de estudios –  Decreto 26/2023, de 29 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Ilustración
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

zas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba sustitutiva de los requisitos
académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y
a las formaciones deportivas en período transitorio en la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Módulo propio “Lengua extranjera profesional” de la Comunidad de Madrid
En el módulo profesional propio Lengua extranjera profesional establecido en el presente Decreto se impartirá como norma general la lengua inglesa. La consejería competente en materia de Educación podrá autorizar, excepcionalmente, que la lengua impartida sea
distinta del inglés, previa solicitud motivada del centro docente.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Autonomía pedagógica de los centros docentes
En virtud del Decreto 17/2023, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la ordenación y de organización general de las enseñanzas profesionales de artes
plásticas y diseño en la Comunidad de Madrid, la consejería con competencias en materia
de Educación podrá autorizar proyectos propiciados por centros públicos o privados autorizados que comporten una organización curricular de las enseñanzas del ciclo formativo
de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de Ilustración diferente de la establecida en
este Decreto, siempre y cuando queden garantizadas, en todos sus aspectos, las enseñanzas
mínimas dispuestas en el citado Real Decreto 1433/2012, de 11 de octubre.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Proyectos propios autorizados
Los centros que tengan proyectos propios autorizados en el ciclo formativo correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Ilustración y deseen continuar con los mismos deberán solicitar, si así lo desean y de forma excepcional antes del 30
de abril de 2023, una nueva autorización de dichos proyectos, adecuándolo al nuevo plan de
estudios, para su aprobación y autorización, conforme a lo establecido en la Orden 2216/2014,
de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los
requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y
Diseño en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
En caso de no efectuar solicitud de autorización del proyecto propio de centro adaptado a las modificaciones previstas en el presente Decreto, se procederá al cese de los proyectos que se vieran afectados.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
Aplicabilidad del Decreto 101/2014, de 3 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios de las
Enseñanzas conducentes al título de Técnico Superior de Artes Plásticas
y Diseño en Ilustración

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Alumnado procedente del plan de estudios anterior
1. Aquel alumnado que haya iniciado las enseñanzas conforme al plan de estudios
previo a lo establecido en el presente Decreto, y que, durante el período de implantación de
las enseñanzas se viera afectado como consecuencia de la decisión de no promoción a segundo curso adoptada por el equipo docente en el año académico 2022-2023 o la decisión

BOCM-20230404-4

Durante el curso escolar 2023-2024, en el segundo curso del ciclo formativo de grado
superior de Artes Plásticas y Diseño de Ilustración el plan de estudios será el establecido en
el Decreto 101/2014, de 3 de septiembre.