D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230404-48)
Plan especial infraestructuras –  Acuerdo 14/2023, de 23 de febrero, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del plan especial denominado “Ampliación Emisario A1 Sistema Villamantilla” (documento técnico junio 2022), promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P., que afecta al término municipal de Villamantilla
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 80

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

Pág. 215

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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ACUERDO número 14/2023, de 23 de febrero, de la Comisión de Urbanismo de
Madrid, relativo a la aprobación inicial del plan especial denominado “Ampliación Emisario A1 Sistema Villamantilla” (documento técnico junio 2022), promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P., que afecta al término municipal de
Villamantilla.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 23 de febrero de 2023, a propuesta del Director General de Urbanismo de 15 de febrero de 2023, en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,
ha adoptado el siguiente
ACUERDO
Primero
Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras denominado “Ampliación
Emisario A1 Sistema Villamantilla” (documento técnico junio 2022) promovido por Canal
de Isabel II, S. A., M. P., que afecta al término municipal de Villamantilla (Madrid).
Segundo
Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en
uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia y por medios telemáticos, para
que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El documento podrá consultarse, asimismo, en el portal institucional en la ruta:
— https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/expedienteconsulta-exposicion-publica

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de un mes, a los órganos y entidades
administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 59.3 en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.
Los organismos a los que se debe solicitar informe son los siguientes:
— Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
d Confederación Hidrográfica del Tajo.
— Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
d Dirección General de Patrimonio Cultural.
— Consejería de Transportes e Infraestructuras.
d Dirección General de Carreteras.
— Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
d Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.
— Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
d Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
Cuarto
Remitir el Plan Especial a la Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, para el inicio

BOCM-20230404-48

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