San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20230404-109)
Organización y funcionamiento. Ordenanza uso Coworking
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 396

MARTES 4 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 80

Capítulo III
Régimen sancionador
Art. 10. Infracciones y sanciones.—1. El Coworking es un espacio colaborativo donde trabajan muchas personas. El respeto a los demás, el cuidado del centro son esenciales.
2. Por ellos se establecen dos tipos de infracciones y consecuencias.
a) Infracciones leves. Tarjeta amarilla.
Se penalizan con una advertencia. Se comunica que otra tarjeta amarilla ocasiona
una tarjeta roja.
Las causas posibles son:
1. Molestar a otros usuarios.
2. Dejar el espacio de trabajo sucio.
3. Entrar o salir una vez sin usar el registro a través del teléfono.
4. Usar la Sala de Reuniones sin tener hora reservada.
5. No cumplir las medidas sanitarias especiales si las hubiese.
6. Mal uso de las taquillas, máquina de copistería, silla o del mobiliario. Tratarlo con
violencia, con más fuerza de la debida o usarlo para otro fin que no sea el suyo.
7. Pasar a un invitado sin registro previo.
b) Infracciones graves. Tarjeta roja.
Se penaliza con la expulsión del Coworking por un período de 6 meses. Si se tuviese otra tarjeta roja anterior, la expulsión sería definitiva.
Se pierde la condición de miembro del GUCSL si se fuese.
Son causas de Infracción grave:
1. Tener ya una tarjeta amarilla.
2. Romper el mobiliario o cualquier elemento decorativo o estructural.
3. Aportar datos falsos en el registro como usuario.
4. Pasar a más de un invitado sin registro previo.
5. Dar los datos para que otra persona use mi puesto.
3. Además y si el Ayuntamiento lo considera necesario según la infracción, se
podría realizar un expediente administrativo para reclamar daños y perjuicios.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Queda derogada la Ordenanza reguladora del uso y funcionamiento del Coworking
Municipal, texto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5
de mayo de 2021.
Quedan derogadas también cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan
o contradigan lo establecido en esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor

BOCM-20230404-109

Esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
San Lorenzo de El Escorial, a 21 de marzo de 2023.—La alcaldesa, Carlota López
Esteban.
(03/5.041/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791