Alcobendas (BOCM-20230403-52)
Régimen económico. Calendario fiscal
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 356

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 79

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Don Isidro Valenzuela Villarrubia, tesorero del Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29
de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, así como en los artículos 21, 23, 57 y 62 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, se inicia el período voluntario de pago de los tributos de 2023 que a continuación se indican:
PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO
DE LOS RECIBOS NO DOMICILIADOS

CONCEPTO
+/27'56151$4'8'* %7.15&'64#%%+¦0/'%0+%#

&'#$4+.#&',70+1

6#5#521476+.+<#%+10'524+8#6+8#51#2418'%*#/+'0615'52'%+#.'5&'.&1/+0+1
2­$.+%1.1%#.21437+15%15#070%+15%#,'415;(161/#610'5

FECHA DE VENCIMIENTO DE RECIBOS
CON PAGO APLAZADO

CONCEPTO
+/27'56151$4'8'* %7.15&'64#%%+¦0/'%0+%#

FGFKEKGODTGFG

6#5#521476+.+<#%+10'524+8#6+8#51#2418'%*#/+'0615'52'%+#.'5
&'.&1/+0+12­$.+%1.1%#.21437+15%15#070%+15%#,'415;(161/#610'5

FECHAS DE CARGO DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS
('%*#%#4)1'0%7'06#&'.154'%+$15&1/+%+.+#&15
/1&#.+&#&14&+0#4+#

#RCTVKTFGNFGOC[QFG

('%*#&'%#4)1'0%7'06#2#4#'/24'5#5&'4'06+0)

#RCTVKTFGNFGFKEKGODTGFG

('%*#&'%#4)1'0%7'06##2.#<#'02.#<15

RNC\Q
RNC\Q
RNC\Q
RNC\Q
RNC\Q
RNC\Q

FÈCJ¶DKNFGOC[Q
FÈCJ¶DKNFGLWPKQ
FÈCJ¶DKNFGLWNKQ
FÈCJ¶DKNFGCIQUVQ
FÈCJ¶DKNFGUGRVKGODTG
FÈCJ¶DKNFGQEVWDTG

Lugar de pago de los recibos no domiciliados
Entidades colaboradoras o autorizadas para la recaudación: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Santander, CaixaBank e Ibercaja.

a) Pago en efectivo o cargo en cuenta corriente en las entidades colaboradoras.
b) Cheque bancario o cheque conformado, en cuyo caso se deberá hacer efectivo en
CaixaBank, oficina número 4482, Alcobendas-La Gran Manzana, avenida España s/n, C.C. y Financiero.
c) A través de Internet, en la dirección http://www.alcobendas.org
El pago presencial en las oficinas de las entidades colaboradoras se podrá realizar en
los días hábiles y dentro del horario comercial de apertura establecido por cada entidad de
crédito. Y el pago a través de Internet podrá realizarse todos los días de la semana, las veinticuatro horas al día.
Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Alcobendas, a 21 de marzo de 2023.—El tesorero, Isidro Valenzuela Villarrubia.
(01/4.992/23)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230403-52

Formas de pago de los recibos no domiciliados