Loeches (BOCM-20230403-69)
Organización y funcionamiento. Ordenanza tarjeta estacionamiento
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 79

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69

LOECHES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de fecha 19 de diciembre de 2022, de la aprobación de la Ordenanza Municipal Reguladora de
la Tarjeta de Estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad,
cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo
previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

La Constitución española en su artículo 49 regula la atención a las personas con discapacidad desde el punto de vista del principio de igualdad y de la prohibición de discriminación consignados en los artículos 9.2 y 14 del texto constitucional.
De acuerdo con los preceptos constitucionales señalados, los poderes públicos actuarán según los principios de accesibilidad y transversalidad, entre otros, en sus políticas en
materia de discapacidad, tal y como se contempla en el artículo 1 del texto refundido de la
Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que, en su artículo 3, recoge entre sus principios los de vida independiente y accesibilidad universal.
En el ámbito europeo, la Recomendación (98/376/CE) del Consejo de la Unión Europa, de 4 de junio de 1998, adaptada por la Recomendación (2008/2005/CE), sobre la creación de una Tarjeta de Estacionamiento para Personas con Discapacidad, abogada por el reconocimiento mutuo por los Estados miembros de un modelo comunitario uniforme de
tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, de manera que pudieran disfrutar en todo el territorio comunitario de las facilidades a que da derecho la misma, con arreglo a las normas nacionales vigentes del país en que se encuentren.
El texto articulado de la Ley de Tráfico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, en su artículo 7 otorga a los municipios la competencia para
la regulación de los usos de las vías urbanas, y el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, para favorecer su integración social. En este sentido se regula la expedición de la tarjeta de estacionamiento para
personas con movilidad reducida, teniendo en cuenta la Recomendación del Consejo de la
Unión Europea sobre la creación de una tarjeta de estacionamiento para las personas con
discapacidad citada anteriormente.
La Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid, modificada por Decreto 138/1998, de 23
de julio, de la Consejería de Presidencia, regula, entre otras cuestiones, la reserva de plazas
de aparcamientos para personas con movilidad reducida, tanto en las zonas de estacionamiento de vehículos como en las proximidades al centro de trabajo y domicilio, así como
las especificaciones técnicas concretas de diseño y trazado de las plazas de aparcamiento.
La citada Ley otorga a los Ayuntamientos la capacidad de aprobar normativas para
proveer a este colectivo de personas de una tarjeta de estacionamiento para discapacitados
adaptada a las recomendaciones de las comunidades europeas, junto con las normas de utilización y su ámbito de aplicación. La tarjeta se podrá utilizar en todo el territorio de la Comunidad de Madrid y sus beneficios alcanzarán a los ciudadanos de los países de la Unión
Europea.
El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones
básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad,
pretende, según su exposición de motivos establecer “desde el más absoluto respeto a las

BOCM-20230403-69

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TARJETA
DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD