Boadilla del Monte (BOCM-20230403-58)
Ofertas de empleo. Nombramiento
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 3 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 79

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras
número 1322/2023, de fecha 16 de marzo, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta de la Comisión de Valoración, efectuada en fecha 8 de
marzo de 2023, para la provisión, con carácter definitivo, mediante el sistema de concurso
general de méritos, de un puesto de Gestor Administrativo correspondiente a una plaza encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C,
Subgrupo C1, Nivel de Complemento de Destino 20, adjudicando el citado puesto a favor
de la persona que a continuación se relaciona:


APELLIDOS Y NOMBRE

1

DE DIAGO CORRAL, ROSA MARIA

DNI

TOTAL CALIFICACIÓN

***1796**

23,3

DESTINO
Tesorería-Gestión de Ingresos

Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y Anuncios Digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
3.o El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, que se contarán a partir del
día siguiente al de cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de la Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o de
un mes, computado desde la publicación de la resolución del procedimiento, si la resolución comporta el reingreso al servicio activo.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede
ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente”.

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