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Vías pecuarias –  Resolución de 14 de marzo de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda desde la Cuesta de Chinchón al Abrevadero de Valdemadera, en el término municipal de Perales de Tajuña, para soterramiento de una línea eléctrica de media tensión que dará servicio a la parcela 196, del polígono 12, actuación promovida por U. F. D. Distribución Electricidad, S. A. Exp. Ocup. 71/23
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 77

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2023, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda desde la
Cuesta de Chinchón al Abrevadero de Valdemadera, en el término municipal de
Perales de Tajuña, para soterramiento de una línea eléctrica de media tensión
que dará servicio a la parcela 196 del polígono 12, actuación promovida por
U. F. D. Distribución Electricidad, S. A. Exp. Ocup. 71/23.

Examinado el expediente 71/23 de ocupación temporal de la vía pecuaria Vereda
desde la Cuesta de Chinchón al Abrevadero de Valdemadera, en el término municipal de
Perales de Tajuña, se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/091537.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Vereda desde la Cuesta de Chinchón al
Abrevadero de Valdemadera, en el término municipal de Perales de Tajuña, para soterramiento de una línea eléctrica de media tensión que dará servicio a la parcela 196 del polígono 12, actuación promovida por U. F. D. Distribución Electricidad, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37
y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se
someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
RESUELVE

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 71/23, de referencia.
Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

BOCM-20230331-35

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