Madrid (BOCM-20230331-74)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Valdemaqueda
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
74

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO

DON SEBASTIÁN LASTRA LIENDO, SECRETARIO DE GOBIERNO del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.

BOCM-20230331-74

Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
sesión celebrada el 13 de febrero de 2023 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Catorce. Valdemaqueda.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Valdemaqueda, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de diciembre del 2022 en la que se
propone como candidata para el cargo de Juez de Paz titular de la localidad a D.a Alicia María Sonia Mestre Altabella.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 30 de diciembre del 2022 del Ayuntamiento de Valdemaqueda y nombrar juez de paz titular del Juzgado de Paz de la localidad a D.a Alicia
María Sonia Mestres Altabella.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de San Lorenzo de El Escorial, Partido
Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Valdemaqueda, al
Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para su publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 24 de febrero del 2023.—El
Secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
(03/4.204/23)

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ISSN 1989-4791