Madrid (BOCM-20230331-52)
Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

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BOCM-20230331-52

Límites:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar 1 proyecto por convocatoria para cada anualidad. No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total supere 5.500 euros impuestos incluidos y tampoco serán admitidas aquellas peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a 4.000 euros.
En la modalidad de gastos de mantenimiento de sede social u otros espacios no serán
financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u otros
espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere la suma de los presupuestos anuales consignados en el modelo de solicitud. La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en conjunto, no podrá ser superior a 4.000 euros.
La cuantía solicitada para los gastos de equipamiento de sede social no podrá ser superior a 5.000 euros.
Las subvenciones obtenidas en el marco de esta convocatoria serán incompatibles con
otras fuentes de financiación públicas.
Madrid, a 23 de marzo de 2023.—La concejala-presidenta del Distrito de Arganzuela,
M. Cayetana Hernandez de la Riva.
(03/5.071/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791