C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230331-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 838/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023, la aplicación de las operaciones de Reestructuración y Reconversión de Viñedo en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), con base en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, y sus modificaciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 77

Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
Se podrá conceder ayudas para:
a) Compensar a los/las viticultoras/es participantes por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del tipo de operación tal y como sigue:
— Replantación con o sin sistemas de conducción, el 33 por 100 del valor medio
de la uva de las tres últimas campañas de la región y durante 3 campañas.
— Reconversión de viñedos por cambio de variedad o por mejora de las técnicas
de gestión (transformación de vaso a espaldera), el 25 por 100 del valor medio de la uva de las tres últimas campañas de la región y durante 1 campaña.
En la Comunidad de Madrid el valor medio de la uva de las tres últimas campañas
se ha establecido en 1.775,02 euros/Ha y campaña.
b) Contribuir en los costes incurridos en la ejecución de dicha operación.
El régimen de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de prioridad establecidos en el artículo 14 de la convocatoria.
La concesión de las subvenciones estará supeditada a la asignación inicial de fondos
acordada por la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural financiadas por el
Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA). Todo ello, sin perjuicio de posteriores reasignaciones de fondos de conformidad con lo establecido en los artículos 12.3 y 73
del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes

BOCM-20230331-27

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda de reestructuración y/o reconversión de
viñedo, será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de marzo de 2023.—La consejera de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura, Paloma Martín Martín.
(03/5.447/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791