C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230331-31)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 17 de marzo de 2023, para la encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y el Servicio Madrileño de Salud, a través de la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para desarrollar una nueva versión del aplicativo VIRAS de la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 142

VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 77

Corresponde a Encargado del Tratamiento exigir al subencargado el cumplimiento de
las mismas obligaciones asumidas por él a través del presente documento y seguirá siendo
plenamente responsable ante el Responsable del Tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado del Tratamiento está obligado a informar al Responsable de cualquier
cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación de 1
mes, dando así al Responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
Undécima
Responsabilidad
El Encargado será considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine
los datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de
esta encomienda, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.
ANEXO II
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y DEBER DE SECRETO
I. Confidencialidad
1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto
al que esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta
obligación subsistirá una vez finalizada la relación entre las partes.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de la Dirección General de Salud Pública, obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio
físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez extinguida la relación con Dirección General de Salud Pública, los datos
de carácter personal pertenecientes al mismo que pueda tener bajo su control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos, por el método acordado, así como cualquier otro
soporte o documento en el que conste algún dato de carácter personal.

1. El abajo firmante se compromete a cumplir la política de seguridad de la información en el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, establecida en la Orden 491/2013, de 27
de junio, y todas las políticas, normas y procedimientos que emanen de la citada política,
así como las que se determinen en materia de seguridad para el tratamiento de datos de carácter personal. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le sea
de aplicación.
2. El acceso lógico a los Sistemas de Información de la Dirección General de Salud
Pública, se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las
medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin
la autorización por escrito del Responsable o Encargado del Tratamiento.
3. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de Información de la Dirección General de Salud Pública, deberá consultar con su enlace o Responsable en la Dirección General de Salud Pública. La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al
corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
III. Propiedad intelectual
1. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas
de información de la Dirección General de Salud Pública sin la correspondiente licencia y/o
autorización. Los programas informáticos propiedad de la Dirección General de Salud Pública están protegidos por propiedad intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su
reproducción, modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.

BOCM-20230331-31

II. Políticas de seguridad