C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230331-28)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden de 17 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2023, de las Ayudas del Programa de Consolidación del Trabajo Autónomo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 77

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

Pág. 127

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 17 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles
para la concesión directa en el año 2023, de las Ayudas del Programa de Consolidación del Trabajo Autónomo.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del Programa de
Consolidación del trabajo Autónomo, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 17 de mayo
de 2016 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de mayo de 2016), modificado por los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 5 de diciembre de 2017 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 diciembre de 2017) y de 23 de julio de 2019
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto de 2019), al concurrir las
razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las
obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2023, de las subvenciones incluidas en el programa de Consolidación del trabajo Autónomo en el ámbito de la
Comunidad de Madrid, es de 12.000.000 euros.
Segundo

BOCM-20230331-28

Las referidas obligaciones se financiarán con cargo al subconcepto 47200 del Programa 241N, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2023.
Madrid, a 17 de marzo de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D.
(Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de
diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.
(03/4.783/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791