Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230329-83)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 954

MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 75

EXPEDIENTE UGP/2023/5, DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO (MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 3/2023)
ESTADO DE INGRESOS
PREVISIONES
INICIALES

CAPITULO

MODIFICACIONES

PREVISIONES
FINALES

1.-IMPUESTOS DIRECTOS

66.427.231,00

66.427.231,00

2.-IMPUESTOS INDIRECTOS

11.690.970,00

11.690.970,00

3.-TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS.

19.640.043,95

19.640.043,95

4.-TRANSFERENCIA CORRIENTES.

13.105.519,00

13.105.519,00

4.306.235,00

4.306.235,00

5.- INGRESOS PATRIMONIALES.
6.-ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES.
7.-TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8.- ACTIVOS FINANCIEROS.
TOTAL GENERAL

0,00

0,00

3.616.920,00

3.616.920,00

11.805.372,91

1.260.000,00

13.065.372,91

130.592.291,86

1.260.000,00

131.852.291,86

MODIFICACIONES

PREVISIONES
FINALES

ESTADO DE GASTOS
PREVISIONES
INICIALES

CAPITULO
1.-PERSONAL

45.044.000,54

2.-GASTOS CORRIENTES

56.186.253,31

3.-GASTOS FINANCIEROS

190.000,00

190.000,00

4.-TRANSF. CORRIENTES

12.434.070,67

12.434.070,67

5.-FONDO DE CONTINGENCIA
6.-INVERSIONES
7.-TRANSF. CAPITAL

45.044.000,54
1.260.000,00

57.446.253,31

75.000,00

75.000,00

15.765.396,22

15.765.396,22

897.571,12

897.571,12

8.- ACTIVOS FINANCIEROS.

0,00

0,00

9.-PASIVOS FINANCIEROS

0,00
TOTAL GENERAL

130.592.291,86

0,00
1.260.000,00

131.852.291,86

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación de las modificaciones presupuestarias.
Pozuelo de Alarcón, a 27 de marzo de 2023.—El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.

BOCM-20230329-83

(03/5.237/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791