Valdemoro (BOCM-20230329-91)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 75

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

Pág. 967

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
91

VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente Resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:

“Por Decreto número 4083/2022, de 24 de noviembre, esta Alcaldía efectuó ciertas
Delegaciones de las competencias en Concejales de la Corporación, todo ello al amparo de
lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Concretamente, a D. Javier Agejas Martínez le fue conferida, con la denominación Concejal Delegad de Economía, Hacienda, Contratación, Sanciones, Tic y Agenda 2030 delegación genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
Asimismo, se le confirió delegación específica para resolver mediante actos que afectan a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, en las materias que se citan en dicho Decreto de delegación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia del Concejal D. Javier Agejas Martínez el día 16 de marzo de 2023, resulta preciso avocar las competencias delegadas por esta Alcaldía en el Concejal D. Javier
Agejas Martínez durante el día mencionado.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que en las materias de Economía, Hacienda, Contratación, Sanciones, Tic y Agenda 2030, se encuentran delegadas en el Concejal D. Javier
Agejas Martínez en virtud del Decreto número 4083/2022, de 24 de noviembre, para el
día 16 de marzo de 2023.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el Alcalde.
Segundo.—Notificar personalmente la presente Resolución a la interesada, con indicación de que contra la misma no cabrá recurso alguno, si bien puede impugnarlo en el que
se interponga contra la resolución del procedimiento.
Tercero.—Remitir dicha Resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la Página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la Resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de
que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en
relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales”.
Madrid, a 16 de marzo de 2023.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/4.671/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20230329-91

A) Decreto 806/2023, de 15 de marzo, que dice literalmente: