Madrid número 18 (BOCM-20230328-78)
Procedimiento 2014/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MARZO DE 2023

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
78

MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Abreviado 2014/2022 entre D./Dña.
HEREDEROS LUIS ORTIZ DIEGO MADRAZO y D./Dña. RAFAEL ROMERO ROMO
por un presunto delito de Robo con fuerza en las cosas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
El/la juez/magistrado-juez que lo dicta: D./Dña. ÁNGEL JOSÉ LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 1 de marzo de 2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—En este Órgano Judicial se recibieron las actuaciones que preceden en virtud de atestado de MAD-PUENTE DE VALLECAS-COMISARIA DE DISTRITOODAC, habiéndose acordado que su tramitación se realice como diligencias previas.
Segundo.—Dictado auto de continuación por los trámites de procedimiento abreviado
y notificado el mismo al denunciado, se dio traslado de la causa al Ministerio Fiscal para
acusación, quien ha emitido informe solicitando el sobreseimiento provisional de las actuaciones con reserva de acciones civiles.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito
que ha dado lugar a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 779.1.1° y 641.1° de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones.
Vistos los preceptos indicados y los demás de pertinente y general aplicación,

Se decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las presentes actuaciones, sin
perjuicio de las acciones civiles que, en su caso, puedan corresponder al perjudicado.
Notifíquese la presente resolución a los de HEREDEROS LUIS ORTIZ DIEGO MADRAZO por medio de edictos.
Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal, a las demás partes personadas y a las
víctimas del delito en la forma prevista en el artículo 636 de la LECrim.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma S.S.a Doy fe.—El/La Juez/Magistrado-Juez.—El/La Letrado/a de
la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. HEREDEROS LUIS ORTIZ DIEGO MADRAZO expido y firmo la presente.
En Madrid, a 1 de marzo de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/3.835/23)

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