Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20230327-81)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 73

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

Pág. 393

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
81

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE
DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20230327-81

Acuerdo de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid,
por el que se aprueba provisionalmente la modificación y actualización de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, mantenimiento y vigilancia de animales de compañía y otros animales sueltos en todo el ámbito territorial de los municipios que conforman la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.
La Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, en sesión
ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2023, acordó la aprobación provisional de la modificación y actualización de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del
servicio de recogida, mantenimiento y vigilancia de animales de compañía y otros animales sueltos en todo el ámbito territorial de los municipios que conforman la Mancomunidad
de Servicios del Suroeste de Madrid.
Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar
las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición en la sede electrónica de esta entidad
http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es .
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Dado en Griñón, a 14 de marzo de 2023.—El presidente, José María Porras Agenjo.
(03/4.539/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791