Alcobendas (BOCM-20230327-53)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 73

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de la Resolución de 16 de marzo de 2023, Decreto número 4037 de la Delegación de Familias, Protección Social y Mayores del Ayuntamiento de Alcobendas, por la
que se convocan ayudas económicas del año 2023, para personas mayores y/o pensionistas,
destinadas a la realización de adaptaciones domiciliarias, para facilitar su movilidad, comunicación y autonomía personal.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios y solicitar subvención, con base a
esta normativa, las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
A) Ser mayor de 70 años y cumplir el requisito siguiente:
Estar empadronado un año mínimo en Alcobendas en la vivienda objeto de la ayuda.
B) Pensionistas menores de 70 años, cumpliendo ambos requisitos:
1. Estar empadronado un año mínimo en Alcobendas.
2. Tener reconocido el Grado de Dependencia o haber solicitado la valoración
de dependencia. En este supuesto, la solicitud tendrá que haberse tramitado
como mínimo seis meses antes de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Además, los beneficiarios deberán ostentar las siguientes condiciones:
1. Que la vivienda que sea objeto de adaptación o acondicionamiento constituya la
vivienda habitual y permanente del solicitante.
2. Ostentar la propiedad/copropiedad de la vivienda objeto de la adaptación y/o
acondicionamiento, o tener derecho de usufructo sobre la misma, o que estas condiciones
las cumplan las personas con las que habitualmente convive el beneficiario (hijos,…). Si la
obra se efectuara en la vivienda de las personas con las que convive el beneficiario, se requerirá autorización o conformidad de los titulares de la vivienda.
En caso de disponer de la vivienda en régimen de alquiler, deberá presentar la autorización expresa del propietario.
3. Que las obras de adaptación y/o acondicionamiento para las que solicita la ayuda
no se hayan realizado anteriormente a la aprobación en firme del proyecto. La fecha de
aprobación en firme será la que figure en el Informe del Equipo Técnico de Terapia Ocupacional, una vez valorado el expediente.
4. Que la adaptación y/o acondicionamiento del hogar para el que se solicita la ayuda, sea necesaria para cumplir los objetivos señalados en esta convocatoria, de acuerdo a
los criterios y valoración técnica efectuada por el Equipo Técnico de Terapia Ocupacional
del Servicio Municipal de Personas Mayores.
5. No tener pendiente de justificación otras subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Alcobendas, ni otras deudas contraídas con el mismo, salvo que concurran circunstancias graves, extraordinarias o urgentes que sean valoradas por los Servicios Sociales municipales.
A efectos de valorar las deudas contraídas por la unidad familiar, se determinarán las
mismas referidas única y exclusivamente a los titulares de la solicitud.
Segundo. Objeto.—Se convocan para el ejercicio 2023 ayudas individuales a favor
de personas físicas residentes en Alcobendas que, debido a su edad o limitaciones, tengan
dificultad para desenvolverse en su medio habitual, mediante la financiación de los gastos

BOCM-20230327-53

Código BDNS: 682232