D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230327-23)
Oficinas de farmacia –  Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Directora General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2021, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 73

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Sanidad
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RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Inspección,
Ordenación y Estrategia Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Directora General de Inspección,
Ordenación y Estrategia Sanitaria, por la que se autoriza la apertura de nuevas
oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6
de septiembre de 2021, por la que se establecen las bases de la convocatoria del
concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, de 6 de septiembre de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 22 de septiembre de 2021), por la que se hacen públicas las zonas farmacéuticas
de la Comunidad de Madrid y el número de oficinas de farmacia cuya apertura procede autorizar en cada una de ella y se abre un período de concurrencia pública en el procedimiento de
autorización de apertura de nuevas oficinas de farmacia, en base a solicitudes formuladas a instancia de parte. De acuerdo, asimismo, con lo dispuesto en la Resolución de la Directora General de Inspección, Ordenación y Estrategia sanitaria de 21 de septiembre de 2022 (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2022), por la que se hace público el listado resultante de los farmacéuticos autorizados y el de los farmacéuticos provisionalmente adjudicatarios para la apertura de nuevas oficinas de farmacia, en las zonas farmacéuticas, en base al orden de prelación establecido en sus solicitudes, cabe señalar los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Mediante Resolución de la Directora General de Inspección, Ordenación y Estrategia Sanitaria, de 21 de septiembre de 2022, se autorizó la apertura de 21 nuevas oficinas de farmacia
en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2021. Con esta
Resolución se hace público el listado de la puntuación definitiva obtenida por los solicitantes admitidos, tras la valoración de los conocimientos académicos y de la experiencia profesional alegados en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.3 del Decreto 115/1997,
de 18 de septiembre, por el que se establecen la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de
Madrid, en su Anexo I; los listados, por zonas farmacéuticas, de la puntuación definitiva obtenida, en su Anexo II y el listado resultante de los farmacéuticos autorizados y los farmacéuticos
provisionalmente adjudicatarios para la apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas, en base al orden de prelación establecido en sus solicitudes en su Anexo III.

Conforme a lo establecido en la referida Resolución de 21 de septiembre de 2022, y
atendiendo al contenido de los resuelvos tercero y cuarto, se inició el procedimiento de
autorización de apertura de las nuevas oficinas de farmacia, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre. De esta manera, aquellos
farmacéuticos que, conforme al Anexo III, hubieran resultado autorizados para la apertura
de una nueva oficina de farmacia, debían aportar los documentos originales acreditativos de
los méritos y experiencia profesional presentados con su solicitud, a efectos de su debida
verificación y acreditar la constitución de una garantía por un valor de 3.005,06 euros, en
el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (5 de octubre de 2022) y
que la falta de constitución de la garantía en el plazo indicado se entendería como renuncia
a la correspondiente autorización otorgada, procediéndose al archivo de su solicitud.

BOCM-20230327-23

Segundo