C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230325-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del acuerdo alcanzado entre la representación legal del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón (personal laboral) y los representantes legales de sus trabajadores (Código número 28011872012007)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE MARZO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del acuerdo alcanzado entre la representación legal del Ayuntamiento
de Villaviciosa de Odón (personal laboral) y los representantes legales de sus
trabajadores (Código número 28011872012007).

Examinado el acuerdo alcanzado por la representación legal del Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón (personal laboral) y la representación legal de sus trabajadores, de 14 de
noviembre de 2022, de modificación del artículo 36.3 del Convenio Colectivo de aplicación
al Personal Laboral de ese Ayuntamiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios
Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y en el artículo 90.2 y 3 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación
de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General,
RESUELVE
1. Inscribir la modificación del mencionado convenio en el Registro de Convenios
Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
el plazo de un mes, contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al
primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Modificar el artículo 36.3 del convenio colectivo de aplicación al personal laboral de
este Ayuntamiento en los siguientes términos:
Artículo 36. Ayudas sociales.
(…)
3. Otras ayudas:
“Para prótesis, ortopedia, odontología, gafas o similares, tratamientos psicológicos o
psiquiátricos, intervenciones quirúrgicas oculares, alimentación para celíacos, fisioterapia,
logopedia y cualquier otro gasto médico no subvencionado por el INSS de cualquiera de los
miembros de la unidad familiar. Los/as empleados/as municipales tendrán derecho a una
ayuda máxima por trabajador y año, de las siguientes cantidades (…)”.
En Villaviciosa de Odón, a 14 de noviembre de 2022.—La Presidenta del Comité de
Empresa, Silvia E. Fernández Vaquero (Grupo personal laboral independiente de Villaviciosa de Odón).—La representante del Comité de Empresa, Victoria Pascua Velasco (Gru-

BOCM-20230325-1

Acuerdo adoptado en la Mesa General de Negociación,
celebrada el 14 de noviembre de 2022