Torrejón de la Calzada (BOCM-20230324-79)
Régimen económico. Padrones impuestos
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 212

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 71

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
79

TORREJÓN DE LA CALZADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20230324-79

Aprobado por resolución de esta Alcaldía número 2023-0428, dictada con fecha 14 de
marzo de 2023, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales “Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2023, e impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2023”, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de
la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio,
se exponen al público en el Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada y tablón municipal de
edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas
en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de dichos tributos de conformidad con el calendario
fiscal publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 50, de
fecha 28 de febrero de 2023.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se
iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de
los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio.
En Torrejón de la Calzada, a 14 de marzo de 2023.—La alcaldesa, Azahara Molina
Martín.
(01/4.467/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791