Nuevo Baztán (BOCM-20230324-68)
Régimen económico. Ordenanza fiscal registro parejas de hecho
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 71

BOCM-20230324-68

Noveno.—El Registro General de Uniones Civiles estará a cargo del Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quién delegue. Las inscripciones que se practiquen
y las certificaciones que se expidan serán totalmente gratuitas para aquellas parejas que
acrediten mediante documento fehaciente, insuficiencia económica, no así para los que no
lo acrediten que deberán autoliquidar previamente a la inscripción o modificación del asiento, el abono de la Tasa municipal de que establece en 30 euros. Por ello, se propone también la creación de la ordenanza fiscal reguladora de la inscripción y modificación en el Registro Municipal de Uniones Civiles, cuya tasa se fija en 30 euros y cuyo hecho imponible
se genera por la inscripción o modificación en el mencionado Registro, y que deberá ser
previamente liquidada antes de la inscripción.
Esta ordenanza fiscal así como la creación del Registro Municipal de Uniones Civiles
entrará en vigor el mismo día de su publicación.
En Nuevo Baztán, a 13 de marzo de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Gema Pacheco
Huecas.
(03/4.420/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791