Madrid (BOCM-20230324-50)
Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 71

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

Pág. 171

BOCM-20230324-50

Séptimo. Justificación y pago.—El pago de las ayudas quedará condicionado a la
presentación de la documentación justificativa señalada en el apartado 10 del anexo de la
convocatoria y una vez dictada la resolución de concesión de la subvención.
Octavo. Acumulación y compatibilidad de las ayudas.—Serán compatibles con cualquier otra ayuda pública. En caso de acumulación de ayudas para la compra del mismo
vehículo, la cuantía máxima de todas en su conjunto deberá ser inferior al 75 por 100.
Noveno. Entidad colaboradora.—La gestión de esta línea de ayudas se realizará por
la entidad colaboradora Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de
Madrid (AECIM).
Madrid, a 14 de marzo de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Medio
Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.
(03/4.880/23)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791