Móstoles número 2 (BOCM-20230324-84)
Procedimiento 817/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 71

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
84

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. María Isabel Cano Campaña letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social número 2 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 817/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. María Jacqueline Rojas Pabón frente a Creaciones Barra S.L. y
Fogasa sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado sentencia de fecha 23.02.23 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Estimando la caducidad de la demanda por despido interpuesta por Dña. María Jacqueline Rojas Pabón, frente a Creaciones Barra S.L., debo desestimar y desestimo la misma,
absolviendo a la empresa demandada de las pretensiones deducidas en su contra.
Notifíquese esta Sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días
siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público
de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-61-0817-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en Avda.
Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al
tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0817-22.
Expídase testimonio de esta sentencia, que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Creaciones Barra S.L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a uno de marzo de dos mil veintitrés.—La letrado/a de la Admón. de Justicia.

BOCM-20230324-84

(03/3.673/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791