D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230323-36)
Vías pecuarias –  Resolución de 7 de marzo de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Cordel del Gasco, tramo 1, y Cordel de Valladolid, tramo 2, en el término municipal de Torrelodones, para la renovación de la red de abastecimiento de agua potable del municipio, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Cordel del Gasco, tramo 1, y Cordel de Valladolid, tramo 2, en el término municipal de Torrelodones,
para la renovación de la red de abastecimiento de agua potable del municipio,
actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.

Examinado el expediente 679/22 de ocupación temporal de las vías pecuarias Cordel
del Gasco, tramo 1, y Cordel de Valladolid, tramo 2, en el término municipal de Torrelodones se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/545173.9/22, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud de
autorización de ocupación de las vías pecuarias Cordel del Gasco, tramo 1, y Cordel de Valladolid, tramo 2, en el término municipal de Torrelodones, para la renovación de la red de abastecimiento de agua potable del municipio, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
RESUELVE
Primero

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia

BOCM-20230323-36

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 679/22, de referencia.