C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230323-31)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 88/2023, de 14 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se modifica la Orden 54/2022, de 9 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Administración Local y Digitalización, para los años 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023

Pág. 173

ANEXO
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO 2022-2023 DE SUBVENCIONES
DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN
II. Convenios, subvenciones de concesión directa y otras
II.4. Plan de cooperación a las obras y servicios municipales.
B. Costes previsibles y fuente de financiación:
El Plan de cooperación de obras y servicios 2023 se abonará en dos anualidades, un
pago parcial del 50 por 100 de la ayuda con carácter de anticipo a cuenta y un pago final
del 50 por 100 restante que se abonará tras la adecuada justificación de la ayuda y siempre
en el ejercicio presupuestario siguiente al de la concesión de la ayuda.
Todo ello conforme a las siguientes anualidades:
PLAN DE COOPERACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS MUNICIPALES 2023
AÑO 2023

5.789.000 €

AÑO 2024

5.789.000 €

Se podrá establecer el pago anticipado de la subvención. La financiación se realizará
con cargo al programa presupuestario 942O, subconcepto 76304 “Plan Cooperación obras
y servicios de competencia municipal”.
II.9. Subvenciones destinadas a la ejecución de actuaciones de mantenimiento de caminos rurales en municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid.
A. Objetivos y efectos:
Los caminos rurales son bienes de dominio y uso público de titularidad municipal, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en el artículo 3 del
Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de
las Entidades Locales, correspondiendo a los ayuntamientos garantizar su conservación y
mantenimiento y, en cualquier caso, deben permitir el acceso rodado de vehículos.
Por ello, son uno de los elementos a considerar en el desarrollo de la actividad agrícola
u otros fines de interés general y para el cumplimiento de su función es imprescindible mantenerlos en buenas condiciones de seguridad y conveniencia para el tránsito de vehículos rodados. La Comunidad de Madrid, consciente de la importancia de esta infraestructura y de
la escasez de recursos de los municipios rurales habilita esta línea de ayudas en especie para
municipios de menos de 10.000 habitantes, asumiendo el mantenimiento y permitiendo así
reforzar estas vías de comunicación.
Por acuerdo de Consejo de Gobierno se aprobarán las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas en especie destinadas a la ejecución de actuaciones
de mantenimiento de caminos rurales de municipios de menos de 10.000 habitantes de la Comunidad de Madrid y la Orden de la Consejería de Administración Local y Digitalización,
por la que se declarará el importe de los créditos presupuestarios disponibles conforme al artículo 4.5.c).1.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
B. Costes previsibles y fuente de financiación:
El crédito propuesto será de 1.500.000 euros.
AÑO 2023

La financiación se realizará con cargo a la posición presupuestaria 61108 “Reposición
o mejora de infraestructuras y bienes de uso general gestionadas para otras entidades” del
programa 942O correspondiente a la Dirección General de Reequilibrio Territorial.
II.10. Subvención dirigida al Clúster de Transformación Digital de la Comunidad de
Madrid para el desarrollo de actividades tendentes a acelerar la transformación digital del
tejido productivo de la Comunidad de Madrid. Concesión directa.

BOCM-20230323-31

1.500.000 €