B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230323-18)
Convocatoria puesto –  Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a convocar el puesto directivo de Director/a Médico en el Hospital Clínico “San Carlos” adscrito al Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

JUEVES 23 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 70

periencia profesional y de gestión en el desempeño de cargos directivos, tanto en las administraciones públicas como el sector privado. También deberá
contener: experiencia docente, ponencias, publicaciones, conocimientos de
idiomas y cuantos otros méritos se estime oportuno manifestar. Este currículo deberá redactarse conforme al formato que se recoge en el Anexo II de esta
Resolución.
— Proyecto de gestión del puesto solicitado, que deberá redactarse conforme al
formato que se recoge en el Anexo II de esta Resolución.
— Documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base segunda
apartado 1.
b) El interesado podrá autorizar a que la Administración consulte los datos relativos
al DNI, la titulación universitaria y la certificación negativa del Registro Central
de Delincuentes Sexuales, tal y como se recoge en el Anexo I de solicitud. En el
caso de no prestar este consentimiento, el interesado estará obligado a aportar copia de estos documentos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) La documentación acreditativa de los méritos alegados tendrá que ser aportada por
el candidato que resulte propuesto, y la Comisión podrá requerirla a los participantes en cualquier momento del proceso.
d) El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se dirigirán a la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, teniendo en
cuenta las siguientes consideraciones:
— En el supuesto de que el solicitante sea una persona sin previa vinculación profesional o laboral con la Administración podrá realizar la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la
Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados en la
página web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid
o, presentarla en los registros de los centros de la Consejería de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, preferentemente en el registro de la Dirección General
de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como en los centros oficiales a los que se refieren y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley
39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de su certificación. Asimismo podrán recibir notificaciones administrativas referidas a este procedimiento a través del Sistema de Notificaciones
Electrónicas, disponible en el citado portal, si así lo indica en el impreso de la
solicitud y se ha dado de alta en el sistema.
— En el caso de los profesionales vinculados con la Administración, al tener la condición de empleados públicos, realizarán preferentemente la solicitud y presentación de documentos por medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, mediante los medios telemáticos implementados en la página
web institucional de la Comunidad de Madrid http://comunidad.madrid o en los
demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015. Y
si ello no fuera posible en el registro de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, así como en los centros oficiales a los que se refieren
y en la forma prevista en el artículo en 16.4 de la Ley 39/2015. La notificación se
realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal, para ello, el solicitante debe estar dado de alta en
el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, disponible en el portal http://comunidad.madrid , “Administración Electrónica”.
— Para la tramitación electrónica es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos
en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente
para cada tipo de firma.

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