C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230323-26)
Bases ayudas – Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
Pág. 155
ANEXOIV
TIPIFICACIÓNYBAREMACIÓNDESANCIONES
Lasreducciones,sancionesyexclusionesaaplicarenlaconcesióndeayudasalaapiculturapara
la biodiversidad se basan en la normativa europea y nacional citada en la Circular de
CoordinacióndelFEGA30/2021asícomoenlanormativapropiadelaComunidaddeMadrid.
Tiposdesanciones
En ningún caso se concederá ayuda por un número de colmenas superior al indicado en la
solicituddeayudaodepago.Trasloscontrolessecalculaelimportedelaayudareduciéndola
encasodesobredeclaraciónenelnúmerodecolmenas(equivalentealasobredeclaraciónde
superficies ya que la superficie de pecoreo establecida en las bases reguladoras “S”
(ha/colmena) se anula en la fórmula de cálculo) aplicando los rangos de penalización
establecidos.
%sobredeclaración= (Nºdecolmenasdeclarado*S-Nºdecolmenasdeterminado*S)*100
Nºdecolmenasdeterminado*S
Enconcreto,laformaenlaqueserealizaráelcálculoeslasiguiente:
1. Cuandoelnúmerodecolmenasdeclaradoenunasolicituddeayudaodepagoessuperior
aldeterminadomediantecontrolesadministrativososobreelterreno,laayudasecalculará
sobrelabasedelnúmerodecolmenasdeterminado.
2. Cuandolascolmenashayansidotrasladadasaotroslugaresdistintosdeloscomunicadosen
el plan de manejo y explotación del colmenar, dichas colmenas se considerarán
determinadassiduranteelcontrolsobreelterrenosonlocalizadasdentrodelaexplotación.
3. Cuandosedetecteunadiferenciaentreelnúmerodecolmenasdeclaradoyeldeterminado,
elimportetotaldelaayudaparaelañodesolicitudcorrespondientesereduciráapartirdel
porcentajedesobredeclaracióncalculadomediantelafórmulaanteriorsegúnsedetallaa
continuación:
• Eldobledelporcentajequesedetermine,siessuperioral3%peroinferioroigualal
20%.
• Sielporcentajedeterminadoessuperioral20%,sedenegarálaayudaduranteelaño
desolicitudcorrespondiente.
• Sielporcentajedeterminadoessuperioral50%,sedenegarálaayudaduranteelaño
de solicitud correspondiente. Además, el beneficiario estará sujeto a una sanción
adicionalcuyoimporteequivaldráalaayudaporcolmenamultiplicadaporladiferencia
entre el número de colmenas declaradas y el número de colmenas determinadas. Si
Modelo3463
BOCM-20230323-26
1. Sobredeclaraciónenelnúmerodecolmenas.
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
Pág. 155
ANEXOIV
TIPIFICACIÓNYBAREMACIÓNDESANCIONES
Lasreducciones,sancionesyexclusionesaaplicarenlaconcesióndeayudasalaapiculturapara
la biodiversidad se basan en la normativa europea y nacional citada en la Circular de
CoordinacióndelFEGA30/2021asícomoenlanormativapropiadelaComunidaddeMadrid.
Tiposdesanciones
En ningún caso se concederá ayuda por un número de colmenas superior al indicado en la
solicituddeayudaodepago.Trasloscontrolessecalculaelimportedelaayudareduciéndola
encasodesobredeclaraciónenelnúmerodecolmenas(equivalentealasobredeclaraciónde
superficies ya que la superficie de pecoreo establecida en las bases reguladoras “S”
(ha/colmena) se anula en la fórmula de cálculo) aplicando los rangos de penalización
establecidos.
%sobredeclaración= (Nºdecolmenasdeclarado*S-Nºdecolmenasdeterminado*S)*100
Nºdecolmenasdeterminado*S
Enconcreto,laformaenlaqueserealizaráelcálculoeslasiguiente:
1. Cuandoelnúmerodecolmenasdeclaradoenunasolicituddeayudaodepagoessuperior
aldeterminadomediantecontrolesadministrativososobreelterreno,laayudasecalculará
sobrelabasedelnúmerodecolmenasdeterminado.
2. Cuandolascolmenashayansidotrasladadasaotroslugaresdistintosdeloscomunicadosen
el plan de manejo y explotación del colmenar, dichas colmenas se considerarán
determinadassiduranteelcontrolsobreelterrenosonlocalizadasdentrodelaexplotación.
3. Cuandosedetecteunadiferenciaentreelnúmerodecolmenasdeclaradoyeldeterminado,
elimportetotaldelaayudaparaelañodesolicitudcorrespondientesereduciráapartirdel
porcentajedesobredeclaracióncalculadomediantelafórmulaanteriorsegúnsedetallaa
continuación:
• Eldobledelporcentajequesedetermine,siessuperioral3%peroinferioroigualal
20%.
• Sielporcentajedeterminadoessuperioral20%,sedenegarálaayudaduranteelaño
desolicitudcorrespondiente.
• Sielporcentajedeterminadoessuperioral50%,sedenegarálaayudaduranteelaño
de solicitud correspondiente. Además, el beneficiario estará sujeto a una sanción
adicionalcuyoimporteequivaldráalaayudaporcolmenamultiplicadaporladiferencia
entre el número de colmenas declaradas y el número de colmenas determinadas. Si
Modelo3463
BOCM-20230323-26
1. Sobredeclaraciónenelnúmerodecolmenas.