C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230323-26)
Bases ayudas – Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
Pág. 145
Segunda
Habilitación
Se faculta al Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación para dictar
las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Orden.
Tercera
Entrada en vigor de las bases reguladoras
El Capítulo I de la presente Orden, en el que se establecen las bases reguladoras, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarta
Efectos de la Convocatoria de participación en el programa agroambiental 2022-2024
de ayudas destinadas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid,
y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental,
correspondiente al año 2022
El Capítulo II de la presente Orden, en el que se aprueba la convocatoria de participación
en el programa agroambiental 2022-2024 de ayudas destinadas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho
programa agroambiental, correspondiente al año 2022, producirá efectos el día siguiente al de
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El texto íntegro de dicha convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
En Madrid, a 10 de marzo de 2023.
BOCM-20230323-26
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
Pág. 145
Segunda
Habilitación
Se faculta al Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación para dictar
las resoluciones y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Orden.
Tercera
Entrada en vigor de las bases reguladoras
El Capítulo I de la presente Orden, en el que se establecen las bases reguladoras, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarta
Efectos de la Convocatoria de participación en el programa agroambiental 2022-2024
de ayudas destinadas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid,
y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental,
correspondiente al año 2022
El Capítulo II de la presente Orden, en el que se aprueba la convocatoria de participación
en el programa agroambiental 2022-2024 de ayudas destinadas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho
programa agroambiental, correspondiente al año 2022, producirá efectos el día siguiente al de
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El texto íntegro de dicha convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
En Madrid, a 10 de marzo de 2023.
BOCM-20230323-26
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN