Madrid (BOCM-20230322-51)
Régimen económico. Distrito de Latina. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 69

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Latina
Extracto del Decreto de 1 de marzo de 2023, del concejal-presidente del Distrito de Latina, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo
en el año 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
BDNS (Identif.): 680401
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Latina y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023, así como a paliar las posibles consecuencias negativas que se
puedan derivar de la situación económica y social actual; a través del desarrollo de proyectos, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del
distrito financiando gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios en los que
las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler, gastos de
funcionamiento y/o gastos para la adquisición de mobiliario y equipamiento necesario para
el correcto funcionamiento de la entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30
de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31
de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria, asciende a
140.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:

La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.

BOCM-20230322-51

Modalidad de proyectos: 70.000 euros.
Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 70.000 euros,
cuyo desglose es el siguiente:
— Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 50.000 euros.
— Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 20.000 euros.