C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230322-19)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden de 9 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, en el año 2023, de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 69

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
19

ORDEN de 9 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles
para la concesión directa, en el año 2023, de las subvenciones para el fomento
del emprendimiento colectivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de julio de 2018), modificado por Acuerdo de 18 de junio de 2019, también del Consejo de
Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de julio de 2019), al concurrir las razones excepcionales establecidas para la aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano
concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995,
RESUELVO
Primero
El importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de
contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2023, de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo es de 4.500.000 euros.
Segundo

BOCM-20230322-19

Las referidas obligaciones se financiarán con cargo a los siguientes subconceptos del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2023:
— Subconcepto 47200 del Programa 241N: 3.000.000 euros.
— Subconcepto 77400 del Programa 241N: 1.500.000 euros.
En Madrid, a 9 de marzo de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.
(03/4.325/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791