D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230321-44)
Convenio –  Convenio de 3 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Triatlón, para la organización del “Gran Triatlón Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE MARZO DE 2023

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do, dentro del ámbito competencial de la Dirección General”. Pueden ejercer los
derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación
del tratamiento, dirigiendo una solicitud por Registro al Responsable del tratamiento, teniendo a su disposición el formulario:
https://tramita.comunidad.madrid/prestacion-social/ejercicio-derechos-proteccion-datos

Disponen de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.comunidad.madrid/protecciondedatos
— Información sobre el tratamiento de datos que realiza la Federación de Madrid de
Triatlón en su condición de Responsable y cuya finalidad es Información sobre el
tratamiento de datos que realiza la Federación Madrileña de Triatlón: La gestión
de datos personales del presente convenio está asociada a la actividad de tratamiento denominada convenios entidades públicas o privadas cuyo Responsable es
la Federación Madrileña de Triatlón y cuya finalidad es “Tramitación, gestión,
ejecución y seguimiento de los convenios suscritos con entidades de carácter público
o privado. Pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición,
portabilidad y limitación del tratamiento, dirigiendo una solicitud al Responsable del
tratamiento, Disponen de información complementaria en el siguiente enlace:
https://www.triatlonmadrid.org/interior/28/0/Condiciones_de_uso.html
Los datos personales tratados no serán objeto de comunicación a terceros, salvo para
el cumplimiento de una obligación legalmente establecida, o en caso de que el interesado
otorgue su consentimiento.
Undécima
Régimen jurídico y jurisdicción

BOCM-20230321-44

El presente convenio se halla excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo establecido en el artículo 6.2 del
referido cuerpo legal, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público que regulan los convenios y, en concreto, a lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
La posibilidad de su realización se halla contemplada en el artículo 21.3.d) de la
Ley 15/1994, de 28 de diciembre, estando la actividad a desarrollar dentro de las que establece el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las
Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid y actuando conforme lo establecido
en el artículo 33.2 de la citada Ley 15/1994, de 28 de diciembre.
La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver cuantas
cuestiones litigiosas pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del presente
convenio, dada su naturaleza administrativa.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe
el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
En prueba de conformidad, se firma electrónicamente por ambas partes a un solo efecto
y en el lugar y fecha indicados.
Madrid, a 3 de marzo de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, Fernando Benzo
Sainz.—Por la Federación Madrileña de Triatlón, Ramiro Lahera Aguirre.
(03/4.200/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791