D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230320-6)
Convenio –  Convenio de 8 de marzo de 2023, específico entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la complementación del proyecto “El Jardín de mi Hospi”, consistente en la remodelación del patio este de la planta baja del Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 67

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MARZO DE 2023

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— Acordar con las unidades de prensa y comunicación de la Consejería de Sanidad,
el Servicio Madrileño de Salud y el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”,
la difusión de las intervenciones realizadas en los medios de comunicación.
— Informar a todas las personas involucradas en el desarrollo y ejecución de este
convenio específico sobre la obligación de observar las prevenciones en materia
de Protección de Datos personales desarrolladas en la Ley Orgánica 3/2018 de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Real Decreto-Ley 14/2019 de 31 de octubre, relativo a las medidas
urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital,
contratación del sector público y telecomunicaciones.
Tercera
Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, ni para el Servicio Madrileño de
Salud.
La fundación facilitará los recursos necesarios para llevar a cabo la adecuación de espacios en el Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús” mediante las acciones previstas en
el Anexo I y cuyo coste se estima en 129.000 euros (IVA incluido).
Cuarta
Titularidad de resultados de la actividad
La titularidad de los materiales, resultados o derechos que pudieran derivarse de la actividad desarrollada corresponderá al Servicio Madrileño de Salud para su uso por el hospital. En consecuencia, el Centro Gestor correspondiente del Servicio Madrileño de Salud
tendrá la obligación de efectuar la inclusión y registro contable de los elementos que lo requieran en el patrimonio de la Comunidad de Madrid.
Quinta
Para el desarrollo del presente convenio específico se crea una comisión mixta de seguimiento cuya composición será la siguiente:
— Un/a representante de la Consejería de Sanidad: el/la titular del órgano competente en materia de despliegue de actuaciones que garanticen la humanización de la
asistencia sanitaria o persona en quien delegue.
— Un/a representante del Servicio Madrileño de Salud: el/la titular del órgano competente en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en quien delegue
— Un/a representante de la Fundación Juegaterapia: el/la titular de la presidencia de
la Fundación, o persona en quien delegue.
Ostentará la presidencia de la Comisión Mixta de Seguimiento, el/la titular del órgano
competente en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en
quien delegue.
Actuará como secretario/a un técnico/a de apoyo del Servicio Madrileño de Salud, que
ostentará derecho de voz pero sin voto y que será nombrado/a por el/la directora/a General
de Infraestructuras Sanitarias.
Serán funciones de la citada comisión:
— Estudiar las propuestas de actuaciones.
— Velar por el buen desarrollo de todas y cada una de las actividades llevadas a cabo
de acuerdo con el objeto del convenio, así como su seguimiento y evaluación.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan en la interpretación y aplicación del
convenio.
La comisión se constituirá en los dos primeros meses a partir de la firma del convenio.
Se reunirá con carácter ordinario al menos una vez durante la vigencia del convenio y con
carácter extraordinario, cuando lo solicite cualquiera de las partes, comunicando previamente los asuntos a tratar. Esta comisión se convocará con una antelación mínima de 48 horas.

BOCM-20230320-6

Comisión mixta de seguimiento