Madrid número 18 (BOCM-20230318-7)
Procedimiento 284/2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 66

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
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MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves 284/2023
entre D/Dña. VERÓNICA CASADO GÓMEZ y por un presunto delito de Delitos sin especificar, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
El/la juez/magistrado-juez que lo dicta: D./Dña. ÁNGEL JOSÉ LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 2 de febrero de 2023.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de VERÓNICA CASADO
GÓMEZ por posible infracción penal cometida el 17-11-2022 en la localidad de Madrid.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un
delito leve de Delitos sin especificar por lo que procede tramitar las presentes diligencias
según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las
normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el
art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
y normas de reparto vigentes.
SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede,
por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.
PARTE DISPOSITIVA

BOCM-20230318-7

Incóese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves n.o 284/2023.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al ministerio fiscal,
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma S.S.a.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. VERÓNICA CASADO GÓMEZ expido y
firmo la presente.
En Madrid, a 28 de febrero de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/3.607/23)

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ISSN 1989-4791