Madrid (BOCM-20230317-38)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 65

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto del Decreto de 3 de marzo de 2023, de la Delegada del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria pública, en régimen de
concurrencia competitiva, de una beca de investigación en los fondos documentales de la
Biblioteca Histórica Municipal para el año 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): 680258.
Primero. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es la concesión de una beca
de investigación en los fondos documentales de la Biblioteca Histórica Municipal para el
año 2023.
Segundo. Beneficiarios.—1. Para poder participar en esta convocatoria los/las solicitantes habrán de reunir los siguientes requisitos:
a) Ostentar la nacionalidad española o, en caso contrario, si el solicitante procede de
un país en el que el español no es lengua madre, disponga de un conocimiento de
la lengua española equivalente, como mínimo, a un B2 del Marco Común Europeo
de referencia.
b) Poseer un título universitario oficial, expedido por una universidad española u homologado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en Ciencias
Sociales y Jurídicas (Ciencia Política y Administración Pública, Ciencia Política
y Gestión Pública, Ciencias Políticas, Derecho, Gestión y Administración Pública, Grado abierto en Ciencias Sociales y Humanidades, Historia y Política, Información y Documentación, Relaciones Internacionales, Periodismo, Sociología) o
Artes y Humanidades (Filología Clásica, Filosofía, Historia, Humanidades).
Se aceptarán aquellas titulaciones que, aun no teniendo una denominación idéntica a las anteriores, tengan un contenido educativo semejante de forma que quede
garantiza la idoneidad del perfil curricular para las funciones a desarrollar mediante la beca.
c) Haber obtenido dicho título en el curso académico 2017/2018 o uno posterior.
2. Los solicitantes no podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 15 de las
Ordenanzas de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno de 30 de octubre de 2013.
Tampoco podrán tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Tercero. Normativa reguladora.—La presente convocatoria se regirá, con carácter
general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada
Ley; la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por
el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y,
finalmente, en todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con
carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 40/2015, de 1 de octubre o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.

BOCM-20230317-38

BDNS 680258