Madrid número 18 (BOCM-20230317-64)
Procedimiento 404/2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 65

VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
64

MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio sobre delitos leves número 404/2023, entre don Manuel Antonio Feliz Mateo y, por un presunto delito de lesiones,
en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Auto
El juez/magistrado-juez que lo dicta, don Ángel José Lera Carrasco.—En Madrid, a 15 de
febrero de 2023.
Antecedentes de hecho:
Primero.—En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de Manuel Antonio Feliz
Mateo, de Hospital Gómez Ulla, por posible infracción penal cometida el 9 de enero de 2023,
en la localidad de Madrid.
Fundamentos de derecho:
Primero.—Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito
leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en
los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este
Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el artículo 14 del citado texto legal,
artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.
Segundo.—No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 641-1.o de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por
ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.
Parte dispositiva:

BOCM-20230317-64

Incóese juicio por delito leve, registrándose como juicio sobre delitos leves número 404/2023.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al ministerio fiscal.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Lo acuerda y firma su Señoría.—Doy fe.
Y para que sirva de notificación a don Manuel Antonio Feliz Mateo, expido y firmo la
presente.
En Madrid, a 23 de febrero de 2023.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/3.448/23)

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ISSN 1989-4791