Chapinería (BOCM-20230317-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 65

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

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to. Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos. Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada. Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con
alta ocupación.
37. Exigencias básicas de Seguridad de Utilización de los edificios: CTE-DB SUA:
Seguridad frente al riesgo de ahogamiento. Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento. Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo. Exigencias
contenidas en CTE Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad.
38. Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones de
accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones. Orden Ministerial TMA/851/2021,
de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.
39. Acondicionamiento del terreno: Estudio geotécnico. Cimentaciones: definiciones y tipología. Elementos de contención. Condiciones constructivas y de control según
CTE-DB SE-C.
40. Exigencias básicas de higiene, salud y protección del Medio Ambiente en los edificios: Exigencias contenidas en el CTE-DB S.
41. Ahorro de Energía según CTE-DB HE. El Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios. La Certificación de Eficiencia Energética y el Real Decreto 235/2013,
de 5 de abril.
42. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: Objeto y campo de aplicación. Tipos de suministro. Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones. Documentación y
puesta en servicio de las instalaciones. Verificaciones e Inspecciones.
43. Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de
Valoraciones de la Ley del Suelo. Valoración en situación de suelo rural y suelo urbanizado.
44. Orden ECO/805/2003 y sus modificaciones: Valoración de Bienes Inmuebles y
Derechos. Métodos Técnicos de Valoración: De costes, de reposición, de comparación, de
actualización de rentas y residual dinámico y estático.
45. Ley 3/2013, de 18 de junio, del Patrimonio Histórico de la Comunidad de
Madrid.
46. Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del municipio de Chapinería
(Madrid). Disposiciones de Carácter General. Régimen General del Suelo. Desarrollo de las
Normas Urbanísticas. Normas Generales de Uso.
47. Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del municipio de Chapinería
(Madrid). Normas Generales de Edificación. Normas Generales de Urbanización. Normas
Generales de Protección.
48. Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del municipio de Chapinería
(Madrid). Normas Particulares para el Suelo Urbano. Normas Particulares para el Suelo
Urbanizable. Normas Particulares para el Suelo no Urbanizable.
49. Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del municipio de Chapinería
(Madrid). Zonas de Ordenanza.
50. Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del municipio de Chapinería
(Madrid). Catálogo Complementario de Bienes a Proteger».
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcaldesa de este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Chapinería, a 8 de marzo de 2023.—La alcaldesa, Lucía Moya Domínguez.
(03/4.086/23)

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