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Catálogo embalses y humedales –  Acuerdo de 15 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se somete al trámite de información pública a la segunda revisión del Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 65

presentados en el Catálogo pero de especial relevancia en nuestra región, en la parte alta de
la sierra, que dará valor no solo al humedal sino al uso ganadero sostenible asociado al mismo que mantiene la zona y evita su degradación. También se desconcentra la distribución
mayoritaria de los catalogados poniendo en valor humedales más allá del centro y sureste de
nuestra región en entornos muy diferentes que aportan mayores cotas de biodiversidad.
El caso del humedal “El Porcal” es una excepción; se trata de un humedal procedente
de una antigua extracción minera en el que el ejemplar trabajo de renaturalización llevado
a cabo por la propiedad y la entidad de custodia del territorio que gestiona ese enclave han
llevado a convertir este humedal en uno de los más importantes, por tamaño y biodiversidad que alberga, de nuestra región. Su catalogación supondrá un hito fundamental en la
conservación de los humedales de la Comunidad de Madrid. A otra escala, también el humedal de la “Chanta” está en esta misma casuística.
Se catalogan, además, pequeños humedales con importante valor estratégico de cara a
la conectividad de las especies de fauna asociadas a estos enclaves, sobre todo anfibios con
poblaciones pequeñas distribuidas en nuestra región de forma dispersa no adecuadamente
conectadas. Además, se han seleccionado humedales temporales, es decir aquellos que parte del año permanecen secos, para poner en valor su importancia pues este tipo de zonas húmedas donde la humedad se da en el suelo durante solo parte del año y no se aprecia una lámina de agua superficial, son también muy importantes desde el punto de vista de la
biodiversidad que albergan, muy específica de este tipo de ecosistemas.
En todo caso, la importancia de la mayor parte de estos nuevos humedales catalogados, salvo El Porcal, no radica tanto en su tamaño como en su tipología, poco o nada representada hasta este momento en el Catálogo, en su biodiversidad asociada y en su ubicación
estratégica de cara a fomentar la conectividad entre este tipo de ecosistemas en la Comunidad de Madrid.
Visto lo anterior, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 7/1990, de 28 de junio, de
Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de Madrid, se procede de nuevo a su revisión, estimándose conveniente extender el régimen genérico de protección otorgado a los humedales catalogados a los siguientes humedales:
NOMBRE

MUNICIPIO

1

Canteras, charcas y encharcamientos de Alpedrete

Alpedrete

2

Lagunas de las Huelgas

Algete

3

Humedal de la Chanta

Corpa

4

Charca de la Alberca

Cenicientos

5

Enclave higroturboso del Prado de Navasaces

Canencia

6

Charcas de Las Carboneras

Colmenar Viejo

7

Reserva Ornitológica Los Albardales

San Martin de la Vega

8

Laguna de Matatorejo

La Cabrera

9

Lagunilla del Lomo

Manzanares El Real

10

Laguna del Gato

Moralzarzal

11

Arenero de Valdemanco

Valdemanco

12

Humedales del Ventisquero de la Condesa

Manzanares El Real

13

Laguna de la Grulla

Zarzalejo

14

Encharcamiento del arroyo Guatén

Torrejón de Velasco

15

Enclave higroturboso del Prado Toril

Canencia

16

Trampal de El Reventón

Rascafría

17

Enclaves higroturbosos del arroyo Valhondillo

Rascafría

18

Complejo lagunar de El Porcal

Rivas Vaciamadrid

El humedal denominado “Arenero de Valdemanco” se incluiría dentro del humedal catalogado ya existente en el mismo término municipal, pasando a denominarse todos ellos
como Humedales de Valdemanco.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 7/1990, de 28 de junio, de Protección de Embalses y Zonas Húmedas de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobar y revisar el Catálogo de Embalses y
Humedales, que será previamente sometido al trámite de información pública por un período de un mes mediante anuncio publicado en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, a propuesta de
la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa
deliberación, en su reunión de 15 de marzo de 2023,

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