Móstoles número 2 (BOCM-20230316-107)
Ejecución 295/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 64

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
107

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles.

BOCM-20230316-107

HAGO SABER: Que en el procedimiento 295/2022 (Ejecución:) de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. DAVID JIMÉNEZ EXTREMERA frente a ASOCIACIÓN GLOBAL ADVICE, COMPLET MARKET SLU y ASOCIACIÓN BUSSINESS SOLUTIONS sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D./Dña. DAVID JIMÉNEZ EXTREMERA con la empresa ASOCIACIÓN BUSSINESS SOLUTIONS, ASOCIACIÓN
GLOBAL ADVICE y COMPLET MARKET SLU, con efectos desde este auto, condenando a estas a que abone a aquel/lla las siguientes cantidades:
Indemnización: 2.326’50 euros.
Salarios de tramitación: 359’55 euros.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con nº
2851-0000-64-0295-22 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades
Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner
fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ASOCIACIÓN BUSSINESS SOLUTIONS, ASOCIACIÓN GLOBAL ADVICE y COMPLET MARKET SLU, en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/3.325/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791