C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230315-19)
Convocatoria premios –  Orden 625/2023, de 1 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan para el año 2023 los premios de investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán”, “Julián Marías” y “Margarita Salas” a la carrera científica y a investigadores de menos de cuarenta años
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE MARZO DE 2023

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tualidad. La memoria expondrá de manera explícita la trayectoria profesional y los
méritos extraordinarios por los cuales el trabajo del candidato le hace acreedor al
premio. La extensión máxima recomendada será de 6 páginas.
Los documentos incluidos en los apartados a), b) y c) se deben presentar en la lengua oficial de la Comunidad de Madrid.
d) Tres trabajos publicados considerados relevantes por el candidato. En el caso de
que estos fueran demasiado extensos, se presentará un enlace para poder acceder
a su contenido. Respecto a los libros, se presentará copia de: portada, índice y página que refleje el ISBN/Depósito Legal.
e) Se podrá adjuntar cualquier otra información adicional que pueda contribuir a la
mejor evaluación de la candidatura, así como cartas de apoyo y recomendación de
otros investigadores o personalidades de prestigio que expliquen su apoyo a la
candidatura.
Sexto
Presentación de candidaturas y plazo
1. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden 250/2021, de 19 de junio,
la cumplimentación y presentación de la candidatura y documentación correspondiente deberá realizarse obligatoriamente por vía telemática.
2. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través del acceso habilitado para ello
en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid
3. La solicitud y Anexos de las candidaturas, para cada modalidad de los premios, se
presentarán acompañadas de la documentación que se indica en el apartado quinto de esta
convocatoria.
4. El plazo de presentación de las candidaturas será de un mes a contar desde el día
siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
5. Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán excluidas.
Séptimo

1. El órgano encargado de la instrucción del procedimiento será la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica que, de oficio, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud
de los cuales debe pronunciarse la resolución de los premios. En particular, las actuaciones
de instrucción comprenderán la resolución de cuantas cuestiones surjan en la aplicación de
la presente orden, así como la elaboración de las instrucciones que sean precisas para su desarrollo y cumplimiento.
2. Recibidas las propuestas de candidaturas, el órgano instructor efectuará su revisión administrativa y verificará el cumplimiento de los requisitos y condiciones de participación establecidos en la convocatoria cuya comprobación no requiera de ninguna valoración científica o técnica.
3. Si las candidaturas no se presentan cumplimentadas en todos sus términos o no
fueran acompañadas de la documentación referida en la convocatoria, se enviará una notificación telemática al interlocutor para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a
partir de la recepción de esta, subsane o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera, se le dará por desistido mediante resolución dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. No podrá presentarse documentación adicional una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
5. La evaluación de las candidaturas y las propuestas de concesión de los premios corresponderá a los miembros del jurado.

BOCM-20230315-19

Instrucción del procedimiento y subsanación