B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230315-7)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid, se publica la relación provisional de personas excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE MARZO DE 2023

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pirantes excluidas expresamente así como las que no figuren en la relación de personas admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión
o su no inclusión expresa en la relación provisional de personas admitidas al referido proceso selectivo.

1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido
en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo
cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos, a través de las páginas web correspondientes a estas convocatorias, en la sección “Listados de admitidos y excluidos”:
Acceso libre:
— https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/conductor
Promoción interna:
— https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/conductor-pi
O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
— https://sede.comunidad.madrid
2. El formulario de subsanación, junto con la documentación acreditativa que, en su
caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública, Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, y se presentarán de forma telemática, de conformidad con
lo establecido en el punto primero de este apartado cuarto.
Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad
de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar la causa de exclusión que les resulte aplicable, cumplimentar los datos y presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación. Asimismo, en los casos en los que deban
acreditar la adaptación solicitada, deberá especificarse en el apartado quinto correspondiente a las “Alegaciones”, aportando a su vez la correspondiente documentación acreditativa.
Tanto las personas aspirantes que hayan solicitado adaptaciones y no figuren en el
Anexo III, como aquellas que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad
de la adaptación solicitada, deberán adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un centro base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid,
u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier
otra Administración, o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico
oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes
extremos:
1) Necesidad de las adaptaciones solicitadas.
2) Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen (uso
de atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros,
ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas
habrán de marcar la causa identificada con el código “A” del modelo de subsanación, acom-

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Cuarto