Batres (BOCM-20230315-56)
Otros anuncios. Candidaturas juez de paz
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE MARZO DE 2023

Pág. 329

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

BATRES
OTROS ANUNCIOS

D. Víctor Manuel López Rodríguez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Batres
(Madrid).

BOCM-20230315-56

Hago saber: Visto que ha concluido el mandato del actual juez de Paz titular y estando vacante el cargo de juez de Paz sustituto, corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir
las personas para ser nombradas juez de Paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
A tal efecto se abre un plazo de quince días hábiles, desde la publicación del presente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas que
estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten mediante escrito dirigido a
esta Alcaldía.
En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: http://batres.sedelectronica.es/
Los aspirantes interesados deberán remitir en el plazo anteriormente mencionado y por
cualquier medio válido en Derecho según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015
de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Certificado de antecedentes penales, en el que no resulte vigente condena por delito
doloso.
c) Currículum personal.
d) Documento en el que hagan constar la siguiente información: si están afiliados a
algún partido político o trabajan para él; si están afiliados a algún sindicato o trabajan para él; si están colegiados como abogado o procurador ejercientes, y si son
funcionarios o empleados de alguna administración pública.
En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente,
comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Batres, a 6 de marzo de 2023.—El alcalde, Víctor Manuel López Rodríguez.
(03/3.905/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791