C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230314-17)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 442/2023, de 1 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica la orden 157/2021, de 27 de enero, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para Premios, Certámenes, Concursos y Torneos correspondientes a los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 gestionadas por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 62

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
ORDEN 442/2023, de 1 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Educación
y Universidades, por la que se modifica la orden 157/2021, de 27 de enero, del
Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para Premios, Certámenes, Concursos y Torneos correspondientes a los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 gestionadas por la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza.

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 2 establece como fines del sistema
educativo español la educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo
personal, así como la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos y artísticos, a la par que obliga a los poderes públicos a prestar una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de
la enseñanza y, en especial, a la cualificación y formación del profesorado, la investigación,
la experimentación y la renovación educativa, ya que los objetivos de dichas subvenciones
son, entre otros, alcanzar los propósitos que contiene dicho artículo.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 2/2004, de 31
de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas que modificó la Ley 2/1995, de 8 de marzo, recogen la necesidad de que los órganos competentes que propongan el establecimiento
de subvenciones, deberán contar con un plan estratégico de subvenciones.
La Orden 157/2021, de 27 de enero, del Consejero de Educación y Juventud, por la que
se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para Premios, Certámenes, Concursos y
Torneos correspondientes a los cursos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023 gestionadas por
la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, responde al mandato mencionado en el párrafo anterior.
En este Plan se estipula que el crédito destinado a financiar la convocatoria de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid
para los cursos académicos 2020-2021, 2021-2022 y 2022-2023, es de 50.000 euros para
cada curso, pues podrán concederse 25 premios, cada uno consistente en una dotación económica de 1.000 euros y un viaje cultural valorado en otros 1.000 euros.
Del mismo modo, en el Plan Estratégico aprobado en la Orden 157/2021, de 27 de enero, cada uno de los premios correspondientes a los Premios Extraordinarios de Formación
Profesional de Grado Superior, a los Premios Extraordinarios de Artes Plásticas y Diseño,
al Premio Extraordinario de Danza, a los Premios Extraordinarios de Música y a los Premios Extraordinarios de Bachillerato, la cuantía asignada es de 1.000 euros por premio.
No obstante, la Orden 127/2023, de 20 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades, por la que se modifica la Orden 784/2017, de 15 de marzo, de
la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen para la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria, modifica el artículo 5 de esta última de modo que sustituye el viaje cultural
por su valor económico. Cada premio, por tanto, pasa a consistir en una dotación exclusivamente económica de 2.000 euros, sin que ello suponga aumento del crédito asignado.
Con el fin de unificar la cuantía entre las diferentes modalidades de Premios Extraordinarios, se hace necesario modificar la Orden 157/2021, de 27 de enero, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para Premios,
Certámenes, Concursos y Torneos correspondientes a los cursos 2020-2021, 2021-2022
y 2022-2023 gestionadas por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, equiparando la cuantía por premio de todos los Premios Extraordinarios aumentándose,
por tanto, la dotación económica.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y las restantes normas de Derecho Público que regulan las
subvenciones y demás que resulten aplicables, y en uso de las competencias atribuidas por

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