B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230314-7)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de educador, especialidad de personas con discapacidad intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de personas excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 62

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a
plazas de la categoría profesional de educador, especialidad de personas con
discapacidad intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de
Madrid, y se publica la relación provisional de personas excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no
documentación acreditativa de la adaptación solicitada.

Mediante Orden 468/2021, de 15 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 284, de 29 de noviembre, se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador, Especialidad de Personas con Discapacidad Intelectual (Grupo III, Nivel 6, Área C) de
la Comunidad de Madrid.
Posteriormente, por Orden 1223/2022, de 20 de junio, de la misma Consejería (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 29 de junio), se procedió a la
ampliación del número de plazas convocadas para el acceso a dicha categoría profesional.
De conformidad con lo establecido en las bases octava y novena de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que
se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, esta
Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
RESUELVE
Primero
Aprobar las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en
las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites
del Punto de Acceso General de la Comunidad de Madrid, al se puede acceder desde el siguiente enlace:
https://tramita.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&estado_p
endiente%5B1%5D=1&estado_plazo%5B1%5D=1&estado_tramitacion%5B1%5D=1
Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educadorpersonas-discapacidad-intelectual-estabilizacion
Segundo

Tercero
De acuerdo con lo previsto en el apartado sexto de la base octava y en el apartado segundo de la base novena de la reseñada Orden 913/2019, de 26 de marzo, las personas aspirantes excluidas expresamente así como las que no figuren en la relación de admitidas ni
en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-

BOCM-20230314-7

Publicar, como Anexos I y II a esta Resolución, la relación provisional de personas aspirantes excluidas en el mencionado proceso selectivo y la de aspirantes que han solicitado
adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de las adaptaciones solicitadas.