D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230313-25)
Vías pecuarias –  Resolución de 1 de marzo de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de Prado Boyal y Camino de los Peligros, en el término municipal de Parla, para la renovación de la red de abastecimiento de agua potable, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A. (Exp. Ocup. 1003/22)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 61

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE MARZO DE 2023

Pág. 181

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de Prado Boyal
y Camino de los Peligros, en el término municipal de Parla, para la renovación
de la red de abastecimiento de agua potable, actuación promovida por Canal de
Isabel II, S. A. (Exp. Ocup. 1003/22).

Examinado el expediente 1003/22 de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada
de Prado Boyal y Camino de los Peligros en el término municipal de Parla se desprenden
los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 30/089789.9/22, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Colada de Prado Boyal y Camino de los Peligros en el término municipal de Parla, para la renovación de la red de abastecimiento de
agua potable, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37
y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se
someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
RESUELVE
Primero

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

BOCM-20230313-25

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 1003/22, de referencia.