Madrid (BOCM-20230313-41)
Régimen económico. Distrito de Moncloa-Aravaca. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 61

LUNES 13 DE MARZO DE 2023

Pág. 223

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Moncloa-Aravaca
Extracto del Decreto de 3 de marzo de 2023, de la concejala-presidenta del Distrito de
Moncloa-Aravaca, por el que se aprueban las bases por las que se regirá la Convocatoria
ordinaria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index ).
BDNS: 679901
1. Beneficiarios
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Moncloa-Aravaca
y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos aprobada por Acuerdo Plenario de 30 de octubre de 2013, modificada
por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
2. Objeto
Fomentar y promover el desarrollo de proyectos de fomento del asociacionismo, así
como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las Asociaciones del Distrito
financiando gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios en los que las Asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual.
3. Bases reguladoras
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
4. Cuantía

— Modalidad de Proyectos: 36.000 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios: 6.000
euros.
La cuantía de la subvención de la convocatoria se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución
de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
5. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el
siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20230313-41

Para la convocatoria ordinaria 2023: El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 42.000 euros que se distribuirán de la siguiente forma: